La elección de la Sentencia mediante la cual proceder a realizar el análisis jurídico de este post es la dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, de fecha 11 de junio de 2013. En la misma, se declara la nulidad del juicio penal seguido a instancia de un perjudicado por la debida inadmisión como prueba de un vídeo que captó imágenes de un aparcamiento donde fueron cometidos los hechos denunciados. La cámara que captó las imágenes se encontraba dispuesta en el parking de la comunidad de vecinos, y en ellas se apreciaba al imputado pinchando las ruedas del vehículo propiedad del perjudicado.
Analizando la procedencia de admitir la prueba en el procedimiento, la Audiencia Provincial analiza las posibles bases donde se fundamentaría la inadmisión del vídeo, y que se corresponden con las recogidas a continuación:
En base a todo ello, nos resulta interesante destacar cómo el uso, siempre prudencial, de los propios medios de particulares ha de ser admitido a prueba en la defensa de propios intereses, teniendo en cuenta además que en el presente supuesto nos encontramos ante un choque frontal con la posible vulneración de un derecho fundamental recogido como tal en la Carta Magna. Si bien es cierto que la injerencia en el derecho a la propia imagen fue mínima, teniendo en cuenta que las grabaciones se encontraban recogidas en un elemento común de la Comunidad de vecinos, resulta destacable el hecho de que la justificación dada a esa mínima intromisión fue en aras a la persecución de hechos presuntamente delictivos.
Esperando que este post haya sido de vuestro interés y utilidad, quedamos a vuestra disposición en nuestra página web: Portilla Arnáiz Abogados.
Aprovechamos igualmente la ocasión para informaros de que D. Roberto Portilla Arnáiz, socio director de esta Firma, tendrá el gusto de conceder unas conferencias jurídicas el próximo día 10 de febrero, sobre “Situaciones de Insolvencia de Personas Físicas y Jurídicas. Soluciones”, la cual tendrá lugar a las 20.00 horas en el Foro Solidario de la Fundación Caja de Burgos, C/ Manuel de la Cuesta, 3 de Burgos.