Dada la inspiración directa que la jurisprudencia comunitaria tiene sobre la interpretación de las normas que componen nuestro ordenamiento jurídico, hemos considerado interesante comentar en el post de hoy una destacable Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) de 18 de marzo de 2014.
En dicha sentencia se conocía el recurso de una trabajadora británica que consideraba haber sido víctima de un trato discriminatorio por parte de su empleador, al haberle sido denegado un permiso de maternidad retribuido como consecuencia de que dicha maternidad fue debida a la suscripción de un convenio de gestación por sustitución.
El convenio de gestación por sustitución consistió la gestación del feto por una tercera persona con su óvulo junto con el esperma de la pareja sentimental de la actora. De acuerdo a la normativa británica aplicable, la actora y su pareja disponen de la patria potestad del bebé, siendo padres del mismo a todos los efectos.
Sin embargo lo anterior, la actora no estuvo en estado de embarazo, y tampoco hubo de ocuparse en los tres primeros meses de vida del bebé de su alimentación, puesto que fue amamantado por su gestante.
Así las cosas, concluye el TJUE en no apreciar la existencia de discriminación por parte del empleador de la actora, puesto que la finalidad del disfrute del permiso de maternidad es el de “proteger la condición biológica de la mujer durante el embarazo y después de éste”, lo cual no armoniza con la situación vivida por la actora, la cual no puede alegar una influencia negativa como causa de la actividad profesional sobre un embarazo que no vivió.
Por todo ello, podríamos concluir que, tal y como manifiesta el Alto Tribunal comunitario, es necesario atender a la finalidad de las garantías y libertades a las que los ciudadanos están legitimados en aras a apreciar si la causa de su denegación responde a una circunstancia discriminatoria, o a una razón legítima en atención a la naturaleza de dichas libertades.
Esperando que este post haya sido de vuestro interés y utilidad, quedamos a vuestra disposición en nuestra página web: Portilla Arnáiz Abogados.
Aprovechamos igualmente la ocasión para informaros de que D. Roberto Portilla Arnáiz, socio director de esta Firma, tendrá el gusto de conceder unas conferencias jurídicas el próximo 28 de abril, que tendrá como objeto “Derecho a la asistencia jurídica gratuita”.
La conferencia tendrá lugar a las 20.00 horas de los días señalados en el Foro Solidario de la Fundación Caja de Burgos, C/ Manuel de la Cuesta, 3 de Burgos.