Despido procedente de una trabajadora por no informar a la empresa de que estaba cobrando de más

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (Sala de lo Social), en la Sentencia 360/2017 de 29 de marzo, ha considerado que la sanción de despido adoptada es proporcional y justificada ante una falta grave cometida por una trabajadora, quien estuvo cobrando durante un año más sueldo de aquel que le correspondía a sabiendas, puesto que ella misma había sido quien había solicitado una reducción de jornada, siendo plenamente conocedora de que dicha medida conllevaba una reducción salarial. Sin embargo, por error de la empresa, estuvo percibiendo el salario correspondiente a una jornada ordinaria.

El hecho de que no informara de esta circunstancia a la empresa supone una grave transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza, merecedora de la sanción de despido.

La Sala consideró que la forma en la que obró la trabajadora era premeditada y en ningún caso podía ser calificada de accidental, puesto que ella sabía que la reducción de la jornada conllevaba una reducción del salario. Incluso, la trabajadora propuso que la jornada que ella había reducido fuera cubierta por su pareja, petición a la que la empresa accedió, contratando a esta persona por veinte horas en virtud de un contrato de interinidad. A pesar de todas estas circunstancias, la trabajadora no comunicó a la empresa que estaba percibiendo un salario que no se correspondía con su jornada reducida, sino que se mantuvo en silencio de manera voluntaria y consciente.

Cuando la empresa apercibió el error, procedió a comunicárselo a la trabajadora, quien reconoció que tuvo conocimiento del mismo desde el segundo mes, pero se negó a recepcionar un documento para que devolviera las cantidades de manera fraccionada.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia, concluyó que la conducta expuesta es constitutiva de una falta muy grave que justifica la sanción del despido, por ser proporcional a la gravedad de haber estado cobrado durante un año un sueldo mucho mayor a aquel que le correspondía, y todo ello, haciendolo de manera consciente, puesto que había sido la propia trabajadora quien había solicitado la reducción de jornada.

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