Absuelta una madre de un delito de lesiones por dar una bofetada a su hijo

El Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña en la sentencia de fecha de 30 de junio de 2017, ha absuelto a una madre que fue acusada de dos delitos de lesiones leves del ámbito familiar por haber propinado un bofetón a su hijo menor de 11 años y haberle ocasionado un arañazo en el cuello para evitar que el menor se marchara de casa.

 

Ante la ausencia de regulación respecto de cómo debe ejercerse el deber de represión en incidentes puntuales, habrá que acudir a las circunstancias concretas del caso analizadas en función de las normas genéricas. Al respecto y con relación a los dos actos concretos que se juzgan.

El magistrado ha entendido que el comportamiento del muchacho, al negarse a obedecer a su madre y tras arrojar el móvil al suelo “no solo muestra desprecio hacia la autoridad materna, sino también hacia el esfuerzo y trabajo que supone ganar un salario con el que adquirir bienes. Y además incurre en el acto de violencia que supone arrojar el teléfono. No estamos ante una discusión de razonamientos en la que se pueda intentar argumentar contra los razonamientos del contrario. Estamos ante una clara exhibición por parte del menor de una actitud de “síndrome de emperador” que únicamente busca humillar y despreciar a su madre”.

En lo que respecta al segundo incidente, cuando la madre trata de sujetar al menor para impedir que se fuera de casa, mantiene la sentencia que “no solo está totalmente justificado que la acusada trate de evitar que su hijo salga de casa. Es que no existe la más mínima intencionalidad de la acusada en lesionar a su hijo, solo de agarrarlo”.

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