En la entrada del blog del día de hoy vamos a examinar dos de las muchas circunstancias que rodean el entorno familiar y que pueden ser tenidas en cuenta por el juzgador a la hora de determinar el establecimiento de la guarda y custodia de los hijos menores de edad.
El principio del interés superior del menor debe regir en todo momento la atribución de la guarda y custodia de los hijos menores, atendiendo para ello distintas circunstancias que le puedan rodear, tal y como lo es el entorno familiar que le proporcione mayor estabilidad.
La Audiencia Provincial Asturias, en la Sentencia 154/2017, de 5 de Mayo, en observancia de salvaguardar el interese superior del hijo menor consideró oportuno dejar sin efecto la custodia materna y atribuirla de manera exclusiva al padre, por considerar que la modificación de esta medida es la más beneficiosa para el menor.
Pues bien, la Audiencia consideró que la custodia paterna favorecía en mayor medida el desarrollo y estabilidad del menor aunque se condicionara a la convivencia con los abuelos paternos, por suponer el entorno de estos el que mayor estabilidad proporciona al menor porque el padre delega mucho el cuidado de su hijo a los abuelos.
Mientras que por otro lado, observando las circunstancias que se encuentran en el entorno materno, la Audiencia consideró que no proporcionaría estabilidad al menor entre otros motivos por las salidas precipitadas y numerosos cambios de pareja a los que arrastraba a su hijo. El cambio habitual y continuo de parejas sentimentales por parte de la madre fue valorado como un elemento negativo a la hora de considerar la atribución de la custodia a esta, puesto que la Audiencia señaló que esta circunstancia puede influir de manera negativa en el desarrollo del menor.
Y aunque el menor no se encuentre mal atendido ni desprotegido cuando está en compañía de su madre, si es cierto que se encuentra más expuesto a una situación de riesgo derivada de la inestabilidad emocional de esta. Por ello, se ha considerado más aconsejable para salvaguardar el bienestar y estabilidad de los menores la atribución de la guarda y custodia al padre.
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