Es accidente de trabajo el sufrido durante la asistencia a un congreso

Todo se remonta al hecho de que un médico sufrió una fractura en un hueso del brazo mientras se encontraba asistiendo a un congreso, por lo que su baja fue tramitada como accidente de trabajo.

El accidente de trabajo, tal y como lo define la Ley General de la Seguridad Social, es aquel que ocurre como consecuencia de tareas que ejerce el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o en interés del correcto funcionamiento de la empresa.

Durante unas jornadas de formación, el facultativo sufre una fractura del húmero, siendo su baja médica tramitada como derivada de accidente de trabajo, calificación que el INSS discute en sede de suplicación.

El derecho a la formación forma parte del contrato de trabajo, y el personal estatutario tiene este derecho expresamente reconocido y además de forma remunerada al disponer el Acuerdo nº 38/04 de permisos de personal Estatutario de la JCYL Consejería de Sanidad como permiso retribuido el concedido para asistir a jornadas de formación, lo que lleva al TSJ a incluir dentro de la expresión «con ocasión» del trabajo el accidente sufrido y por ende a confirmar la declaración de la contingencia como Accidente de Trabajo.

La licencia otorgada se expide por el superior jerárquico para «acudir a congreso» directamente relacionado con su Especialidad Médica de Neumología, y en ella consta expresamente que se trata de una actividad formativa directamente relacionada con el puesto de trabajo.

Se dan en el caso, los dos requisitos exigidos para poder entender la existencia de accidente de trabajo en misión y extender la cobertura de la presunción de laboralidad: un desplazamiento del trabajador para cumplir la misión; y la realización de una actividad concreta encomendada por el empresario, o que se realice para el buen funcionamiento de la empresa, que puede ser ajena a la actividad habitual que tiene atribuida en virtud del contrato de trabajo.

El TSJ desestima el recurso y confirma que la fractura de húmero de un médico que participaba en unas jornadas formativas, con permiso autorizado y días retribuidos por el Hospital, es accidente de trabajo porque tales sesiones de formación suponen que sigue trabajando, ello aun cuando los gastos del Congreso fueran ajenos al Hospital.

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