Establecimiento de un régimen de visitas a favor de la exesposa del padre del niño que asumió siempre el rol materno

Una ex esposa solicitó el establecimiento de un régimen de visitas con respecto el hijo del hombre que no es ya su pareja. Ello se motiva en que durante todo el tiempo que duro el matrimonio, la demandante había ejercido el papel de madre con el menor, habiéndole cuidado como si fuera suyo propio, llegando a reconocerla el mismo menor como tal. De esta manera, la Audiencia Provincial Sevilla, en la Sentencia nº 324/2017, de 30 de Junio, señalo que aunque la relación que tienen el hombre y la mujer no es cordial, no existen motivos que impidan que el menor se relaciones con quien siempre le ha tratado como si fuera su madre, sobre todo si tenemos en cuenta que esta había iniciado los trámites para su adopción, habiendo prestado el padre su consentimiento a ello justo los meses antes de que se produjera su separación.

La Sala entiende que no es beneficioso para el hijo que se rompa el vínculo sentimental que tiene con la persona a la que siempre ha considerado su madre. Aunque también señala el Tribunal que tampoco es procedente establecer un régimen de visitas idéntico al que se reconoce a un progenitor no custodio, lo cual exigiría que la demandante tendría también que contribuir de forma económica a cubrir las necesidades de alimentos del hijo.

Atendiendo a todos estos motivos expuestos, ha sido establecido un régimen de visitas a favor de la mujer que ejerció un importante rol materno con el menor hijo de su expareja, consistente en findes de semanas alternos de viernes a domingo, y entre semana los miércoles por la tarde de aquellas semanas que no le correspondiera estar el fin de semana con él, así como la mitad de los periodos vacacionales.

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